Wyrażenie zgody jest całkowicie dobrowolne. Możesz zmieniać zakres zgody, w tym również wycofać ją w pełni, poprzez kliknięcie przycisku „Zarządzaj zgodami”.
Reconociendo la difÃcil situación en la que se encuentran los paÃses menos adelantados y la necesidad de asegurar su participación efectiva en el sistema de comercio mundial y de adoptar nuevas medidas para mejorar sus oportunidades comerciales;
siempre que las disposiciones adoptadas de conformidad con el presente párrafo no discriminen injustamente en contra de los proveedores de servicios financieros del Miembro que las adopte.
b) El Acuerdo sobre la OMC estará abierto a la aceptación, de conformidad con el artworkÃculo XIV de dicho Acuerdo, de las partes contratantes del GATT de 1947 cuyas listas se hayan presentado y aprobado de ese modo antes de la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC.
Cuando un Miembro importador aplique un sistema de aprobación de uso de aditivos alimentarios o de establecimiento de tolerancias de contaminantes en los productos alimenticios, las bebidas o los piensos que prohiba o restrinja el acceso de productos a su mercado interno por falta de aprobación, dicho Miembro importador considerará el recurso a una norma internacional pertinente como base del acceso hasta que se tome una determinación definitiva.
four. Al determinar el nivel adecuado de protección sanitaria o fitosanitaria, los Miembros deberán tener en cuenta el objetivo de reducir al mÃnimo los efectos negativos sobre el comercio.
Deseando fomentar la utilización de medidas sanitarias y fitosanitarias armonizadas entre los Miembros, sobre la foundation de normas, directrices y recomendaciones internacionales elaboradas por las organizaciones internacionales competentes, entre ellas la Comisión del Codex Alimentarius, la Oficina Internacional de Epizootias y las organizaciones internacionales y regionales competentes que operan en el marco de la Convención Internacional de Protección Fitosanitarias, sin que ello requiera que los Miembros modifiquen su nivel adecuado de protección de la vida o la salud de las personas y de los animales o de preservación de los vegetales;
ii) el reglamento financiero, con inclusión de directrices para el señalamiento de las contribuciones presupuestarias de los Miembros de la OMC, de conformidad con los criterios establecidos en el artworkÃculo VII del Acuerdo sobre la OMC;
Reconociendo la importancia de alcanzar mayores niveles de compromisos sobre el movimiento de personas fÃsicas, con el fin de lograr un equilibrio de ventajas en el marco del Acuerdo Common sobre el Comercio de Servicios;
15. Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo impedirá que un Miembro elimine cualquier restricción mantenida de conformidad con el presente artworkÃculo, con efecto a partir del comienzo de cualquier for eachÃodo anual de vigencia del Acuerdo durante el for everyÃodo de transición, a condición de que ello se notifique al Miembro exportador interesado y al OST por lo menos tres meses antes de que la eliminación surta efecto.
Reafimando que no debe impedirse a ningún Miembro adoptar ni aplicar las medidas necesarias para proteger la vida y la salud de las personas y los animales o para preservar los vegetales, a condición de que esas medidas no se apliquen de manera que more info constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre los Miembros en que prevalezcan las mismas condiciones, o una restricción encubierta del comercio internacional;
Las futuras notificaciones de la intención de participar en las negociaciones se dirigirán al depositario del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio.
g) las "concesiones sobre acceso a los mercados" comprenden todos los compromisos en materia de acceso a los mercados contraÃdos en el marco del presente Acuerdo;
1. Los Miembros reconocen que durante el for eachÃodo de transición puede ser necesario aplicar un mecanismo de salvaguardia especÃfico de transición (denominado en el presente Acuerdo "Salvaguardia de transición"). Todo Miembro podrá aplicar la salvaguardia de transición a todos los productos comprendidos en el Anexo, con excepción de los integrados en el GATT de 1994 en virtud de las disposiciones del artÃculo 2. Los Miembros que no mantengan restricciones comprendidas en el artworkÃculo two notificarán al OST, dentro de los sixty dÃas siguientes a la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC, si desean o no reservarse el derecho de acogerse a las disposiciones del presente artworkÃculo.